martes, 12 de enero de 2016

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 DERECHOS DEL PACIENTE.
 
1.    Recibir atención médica adecuada.
2.  Recibir un trato amable y digno de todos los funcionarios.
3.  Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz de los diagnósticos, pronósticos y tratamientos.
4.Decidir libremente sobre su atención y consentimiento informado.
5.  Ser tratado con confidencialidad.
6.Contar con facilidades para obtener una segunda opinión.
7.  Recibir atención médica en caso de emergencia.
8.  Recibir la prescripción médica.
9.  Contar con una historia clínica.
10.Otorgar consentimiento para ser sometido a estudios, investigación o donante voluntario.
11. Ser atendido cuando se encuentre inconforme con la atención médica recibida.
12.Abandonar el Hospital, bajo su responsabilidad, expresada por escrito, aún en contra de la indicación médica.
13. En caso de que su enfermedad sea terminal, a que si usted o su representante así lo pidieren, en debida forma, no se efectúen procedimientos extraordinarios para prolongar su vida, y a recibir en todo caso, toda la atención disponible para aliviar sus sufrimientos.
14.Recibir asistencia religiosa, moral o espiritual mientras dure la atención, o a rechazarla.
15.  Ejercer estos derechos sin discriminación ninguna.

Art. 2.- DERECHO A UNA ATENCIÒN DIGNA
El paciente tiene que ser atendido oportunamente en el centro de salud de acuerdo a la dignidad que merece todo ser humano y LEY DE DERECHOS Y AMPARO DEL PACIENTE. 

Art.3-. DERECHO A NO SER DISCRIMINADO
El paciente tiene derecho a no ser discriminado por razones de sexo, raza, edad, religión o condición social y económica.

Art. 4.- DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD
Todo paciente tiene derecho a que la consulta, examen, diagnóstico, discusión, tratamiento y cualquier tipo de información relacionada con el procedimiento médico a aplicársele, tenga el carácter de confidencial.

Art.5.- DERECHO A LA INFORMACIÒN
Se reconoce el derecho de todo paciente a que, antes y en las diversas etapas de atención al paciente, reciba del centro de salud a través de sus miembros responsables, la información concerniente al diagnóstico de su estado de salud, al pronóstico, al tratamiento, a los riesgos a los que médicamente está expuesto, a la duración probable de incapacitación y a las alternativas para el cuidado y tratamientos existentes, en términos que el paciente pueda razonablemente entender y estar habilitado para tomar una decisión sobre el procedimiento a seguirse.

 Art. 6.- DERECHO A DECIDIR
Todo paciente tiene derecho a elegir si acepta o declina el tratamiento médico. En ambas circunstancias el centro de salud deberá informarle sobre las consecuencias de su decisión.













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